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Magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón
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SUP-JDC-646/2021

19/05/2021 | Reyes Rodríguez Mondragón

Competencia para conocer de violencia política de género en contra de la magistrada de un tribunal electoral local

Resumen
Una magistrada del Tribunal Electoral de Morelos denunció ante la Sala Regional CDMX al presidente estatal del PVEM en esa entidad, pues consideró que las declaraciones que presuntamente se realizaron en una conferencia de prensa constituyeron violencia política de género en su contra. La Sala Regional concedió las medidas de protección solicitadas y realizó una consulta competencial, al considerar que se podía actualizar la competencia de esta Sala Superior por el cargo de la denunciante.

¿Qué resolvió la Sala Superior?
Asumir competencia formal para determinar que: • El procedimiento especial sancionador es la vía para conocer la queja de la actora. • El Instituto local debe ser la autoridad instructora y el Tribunal local la autoridad resolutora. Con la reforma de 2020, en materia de paridad y VPG, se modificó la forma en la cual se había entendido la procedencia de los medios de impugnación electorales relacionados con VPG y se estableció: • Un nuevo diseño institucional con el cual se involucró al INE y a los Institutos locales en la prevención, sanción y reparación de ese tipo de violencia; • Al procedimiento especial sancionador como la vía para conocer este tipo de violencia; • Vincular a los órganos legislativos locales para que en las leyes electorales respectivas se regulen los procedimientos especiales sancionadores en materia de VPG. Por lo tanto, se reencauzó la demanda al Instituto local. En las disposiciones normativas se prevén mecanismos para evitar un posible conflicto de interés.

Votación: Unanimidad


Voto a favor:

FAFB

FDLMP

IIG

JMOM

JLVV

MASF

RRM

Voto en contra:

Ausente: ---

Temas

Autoridades electorales

Género

PES

Violencia

Recursos

Infografía

Sentencia

Voto

Texto de la intervención

Intervención en la sesión

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