SUP-JE-70/2018
09/01/2019 | Reyes Rodríguez Mondragón
Régimen de administración del presupuesto para comunidades indígenas
Resumen
Tres comunidades purépechas de Michoacán buscaban reformar el régimen de administración del presupuesto público. Así, cuestionaron una posible omisión legislativa que atendiera al contexto normativo y tradicional de las comunidades ante el Tribunal local, quien la declaró inexistente.
¿Qué resolvió la Sala Superior?
No es materia electoral pues no supone una afectación a los derechos político electorales de las comunidades indígenas. Las controversias en torno a la libre determinación, autogobierno y autonomía pueden ser materia administrativa, fiscal o municipal
Votación: Unanimidad
Voto a favor:
IIG
JMOM
JLVV
MASF
Voto en contra: