SUP-CDC-10/2017
31/01/2018 | Indalfer Infante Gonzales
Contradicción de criterios sobre la nulidad de una elección por la cancelación de una candidatura
Resumen
Se advitió una contradicción de criterios respecto al efecto que tiene sobre la validez de una elección el hecho de que, durante la campaña, se cancele temporalmente el registro de un candidato. La Sala Superior sostuvo que ello no afecta la equidad y certeza y, por ende, no se debe anular la elección. La Sala Xalapa, determinó que sí se debía anular.
¿Qué resolvió la Sala Superior?
Determinó que el criterio que debe prevalecer es que la mera cancelación momentánea no es suficiente para anular una elección.
Votación: Unanimidad
Voto a favor:
FAFB
FDLMP
IIG
JMOM
JLVV
MASF
RRM
Voto en contra: