SUP-JRC-116/2017
26/04/2017 | José Luis Vargas Valdez
Inexistencia de actos anticipados de campaña por spots del PAN en el Edomex
Resumen
El PRI denunció actos anticipados de campaña por un promocional del PAN difundido en el periodo de intercampaña. El Tribunal Electoral del Edomex consideró que el promocional no era un acto anticipado porque no posicionaba indebidamente ni contenía un llamado al voto.
¿Qué resolvió la Sala Superior?
Confirmó la decisión. Los promocionales no son propaganda electoral ya que no existe la intención de posicionar o llamar a votar en favor de algún candidato. Durante intercampañas está permitido el contenido de interés general e informativo, así se protege la libertad y el debate público.
Votación: Mayoría
Voto a favor:
FAFB
FDLMP
JMOM
JLVV
RRM
Voto en contra:
IIG
Voto
MASF
Voto