CASOS RELEVANTES
En este apartado se pueden consultar los expedientes de las sentencias dictadas por el TEPJF desde 2016 a la fecha, cuyos criterios son relevantes para el derecho electoral.
Esta base de datos integra los criterios que la ponencia del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón consideró que destacan del resto, ya sea porque resuelven algún caso difícil o límite del derecho electoral o porque definen el contenido y los alcances de los derechos políticos y electorales. Para consultar la totalidad de asuntos resueltos por todas las salas del TEPJF, consulta el siguiente buscador: https://www.te.gob.mx/buscador/
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Expediente | Fecha | Ponente | Temas | Asunto | Votación | Acciones | Link Pos Video | Link Pos Texto | Link Alegatos | Link Infografia Twitter | Resumen | Resolucion | Score Votacion | Link Sentencia Estrados | Link Voto Reyes | Link Canva |
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SUP-JE-93/2022 | 08/06/2022 |
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Paridad de género en la integración de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión | Mayoría | https://youtu.be/7KRplhOko1g | https://drive.google.com/file/d/1wwVEyAIrpWJNrWltPhwUJqFX9w19uZ-E/view?usp=sharing | i) La Cámara de Diputados aprobó el acuerdo de la JUCOPO por el que determinó las diputaciones que integrarían la Comisión Permanente. Se designaron como titulares a 15 hombres y 4 mujeres. ii) Una diputada, vicecoordinadora del grupo parlamentario del PRD, reclamó la violación del principio constitucional de paridad de género. | La Sala Superior resolvió que: i) La causal de improcedencia, consistente en que se impugne un acto parlamentario de las Cámaras del Congreso de la Unión o vinculado con la integración de sus órganos, es inconstitucional. Se viola el derecho a la tutela judicial efectiva en relación con los derechos político-electorales. Por tanto, se inaplica la norma al caso concreto. ii) Debe observarse el principio de paridad de género en la integración de la Comisión Permanente. En el caso concreto, este principio se violó, porque no se hizo una designación paritaria entre mujeres y hombres. Se ordena emitir las reglas para garantizar una integración paritaria en las siguientes integraciones. | 5/2 | http://www.te.gob.mx/EE/SUP/2022/JE/93/SUP_2022_JE_93-1152394.pdf | |||||
SUP-REC-49/2022 | 16/02/2022 |
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Conformación de grupos parlamentarios en el Congreso de Oaxaca | Mayoría | https://drive.google.com/file/d/1lz1JcIiqCnmVCYImohni8ewn9yRCR3rU/view?usp=sharing | La mesa directiva no reconoció como grupo parlamentario del Congreso de Oaxaca al Partido Verde Ecologista de México (PVEM), lo cual fue solicitado por una diputada y un diputado de ese partido político. El Tribunal local revocó el acto de conformación de grupos parlamentarios, pero la Sala Regional revocó esa decisión, al considerar que la controversia no era de naturaleza electoral. | Revocar la resolución impugnada y dejar intacta la del Tribunal local, pues la constitución de los grupos parlamentarios en los Congresos locales sí actualiza la competencia electoral. Esos órganos forman parte del Congreso y son indispensables para que las y los integrantes de las fuerzas políticas estén representadas y puedan ejercer sus funciones. | 5/1 | https://www.te.gob.mx/EE/SUP/2022/REC/49/SUP_2022_REC_49-1121913.pdf | https://www.canva.com/design/DAE4d5JpNmg/sk47tmKTnfzyJfuNGXPiMw/edit | |||||
SUP-JDC-10110/2020 | 02/12/2020 |
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Integridad paritaria en las magistraturas electorales de Puebla | Unanimidad | https://youtu.be/w_a2i-djVVw | https://drive.google.com/file/d/1CDxtIMViZ7fTUPwAswEUYucVpxZDr0nk/view | https://drive.google.com/file/d/1bIKVEagVeQ2for13IV0ilKExzQA54Bh3/view?usp=sharing | Dos ciudadanas cuestionaron la convocatoria del Senado de la República para renovar una vacante en el Tribunal Electoral de Puebla. Señalaron que el concurso no debió ser abierto, sino solo para mujeres. El artículo 106 de la LEGIPE ordena alternar el género mayoritario en la integración de los tribunales electorales locales. | Se confirmó el acuerdo y la convocatoria, porque no hacía falta convocar solamente a mujeres. La convocatoria se redactó de manera general para abarcar distintas situaciones. La convocatoria es neutral y sin sesgos. El Senado aplicará el artículo de la LEGIPE al momento de seleccionar al ganador. | 6/1 | https://www.te.gob.mx/EE/SUP/2020/JDC/10110/SUP_2020_JDC_10110-938807.pdf | https://drive.google.com/file/d/1YpbalEDObyKtPvp4xUF6uOOzw3I_OHXY/view?usp=sharing | https://www.canva.com/design/DAEPNkFJV9M/9V0Q-HEIKZe4G9bs5afIpg/edit | ||
SUP-REC-236/2020 | 11/11/2020 |
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Violencia Política de Género en perjuicio de legisladoras locales de Tlaxcala | Mayoría | https://youtu.be/kzUZmwzvlQY | https://drive.google.com/file/d/1cbW6_cBKst4m7DEzrIC3V_jOZmarpIQx/view?usp=sharing | https://twitter.com/ReyesRdzM/status/1326979198855077889 | La Sala SCDMX confirmó la decisión del Instituto Electoral Local que determinó que los supuestos actos de VPG correspondían al Derecho parlamentario y no se confirmaban. | Por mayoría, la SS desechó la demanda al no acreditarse el requisito especial de procedencia al ya existir un pronunciamiento sobre las jurisprudencias 34/2013 y 44/2014. | 5/2 | https://www.te.gob.mx/EE/SUP/2020/REC/236/SUP_2020_REC_236-934487.pdf | https://www.te.gob.mx/EE/SUP/2020/REC/236/SUP_2020_REC_236-934487.pdf | https://www.canva.com/design/DAENN3PeKQk/RxouO_B6OF7JaLxSKk1y-w/edit | ||
SUP-REC-109/2020 y acumulado | 15/09/2020 |
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Vulneración al derecho político-electoral al ejercicio del cargo a la luz del principio de paridad total y actos de VPG | Mayoría | https://www.youtube.com/watch?v=rfkxZ_mi2NY&feature=emb_title | https://drive.google.com/file/d/1404hO-FrR9fizEKZgEnVjWEOPb5H4LDX/view?usp=sharing | https://drive.google.com/file/d/1lPLSrqBQJ9OH00EH3SoIvty-PkJUoYY8/view?usp=sharing | Un grupo de diputadas del estado de Morelos denunció haber sido víctimas de actos que vulneraban su derecho a ejercer el cargo, tales como: (i) discursos de diputados que afectaron su dignidad; (ii) difusión de memes y videos en su contra; (iii) despido de personal e integración inequitativa de las comisiones del Congreso local; y (iv) la separación de una diputada del grupo parlamentario de MORENA, sin la debida garantía de audiencia. El Tribunal local y la Sala Regional CDMX consideraron que lo reclamado por las actoras formaba parte del derecho parlamentario y, por lo tanto, estaba fuera de su competencia. | La mayoría de las y los integrantes de la Sala Superior consideraron que lo planteado por las actoras está en el ámbito parlamentario, por lo que se debía confirmar la sentencia impugnada. | http://www.te.gob.mx/EE/SUP/2020/REC/109/SUP_2020_REC_109-924629.pdf | https://www.te.gob.mx/blog/reyes/media/pdf/eff2947125db85e.pdf | https://www.canva.com/design/DAEH7GH033o/Owcvdh6u98QbCmGKsqv1Vg/edit | |||
SUP-REC-88/2020 | 14/08/2020 |
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Diputación migrante en el Congreso de la Ciudad de México | Unanimidad | https://www.youtube.com/watch?v=K-bSjmFPKRo | https://drive.google.com/file/d/1WVENHTQGs_RHVDtZxG2QrCq7mrTR6csy/view?usp=sharing | https://twitter.com/ReyesRdzM/status/1276277571781562368 https://twitter.com/ReyesRdzM/status/1276536783862484993 | https://drive.google.com/file/d/1rwFuHBxuc8KykDjIFWlJL_6MSAnH_Ke8/view?usp=sharing | El Congreso de la CDMX incorporó la figura de la diputación migrante a su legislación local. Después, mediante un decreto, eliminó la figura. La Sala CDMX declaró inconstitucional el decreto por el que se eliminó la figura y le ordenó al OPLE reactivar el proceso de implementación de una diputación migrante para el proceso electoral 2020-2021. MORENA impugnó la decisión. | Modificó la sentencia de la Sala CDMX. Confirmó inaplicar el decreto que eliminó la figura, pero solo para el proceso 2020-2021 y dispuso la reviviscencia de las normas derogadas. | https://www.te.gob.mx/EE/SUP/2020/REC/88/SUP_2020_REC_88-919807.pdf | https://www.canva.com/design/DAEEzjKe7vo/share/preview?token=0OC7BO_0Q4ooeRRmV1DFhQ&role=EDITOR&utm_content=DAEEzjKe7vo&utm_campaign=designshare&utm_medium=link&utm_source=sharebutton | |||
SUP-JRC-14/2020 | 05/08/2020 |
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Omisión del Congreso de Nuevo León de legislar en materia de paridad de género y VPG | Mayoría | https://www.youtube.com/playlist?list=PLhF-eDJDSzvsq-jDY9w-na8J0pTJ_e3q5 | https://drive.google.com/file/d/1WdicNTTk8eHki-KQHcx3KIdyMKPstGWj/view?usp=sharing | Movimiento Ciudadano impugnó la omisión del Congreso de Nuevo León (N. L.) de ajustar sus leyes para garantizar el mandato de paridad de género y en materia de violencia política de género. Ello, conforme a la reforma constitucional del 6 de junio de 2019. | Declaró que hubo omisión absoluta por parte del Congreso de N. L. y le ordenó modificar su legislación. Sin embargo, estimó que dichas modificaciones no podrían aplicarse al proceso electoral 2020-2021, por lo que el OPLE deberá emitir lineamientos al respecto para ese proceso. | https://www.te.gob.mx/EE/SUP/2020/JRC/14/SUP_2020_JRC_14-917746.pdf | https://www.te.gob.mx/blog/reyes/media/pdf/7e1155d2df02dc0.pdf | https://www.canva.com/design/DAEEJKG2ipc/share/preview?token=QlDEvsXP0nYYCnxSi03TKQ&role=EDITOR&utm_content=DAEEJKG2ipc&utm_campaign=designshare&utm_medium=link&utm_source=sharebutton | ||||
SUP-REC-73/2020 - Acuerdo de Sala | 03/06/2020 |
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Medidas de protección en favor de la presidenta del Congreso de Baja California Sur por VPG | Mayoría | https://drive.google.com/file/d/166fdkcYhNf5q2g2QvnlJuJFJq3sSlHbV/view?usp=sharing | Mientras el Congreso de Baja California Sur estaba suspendido por el COVID-19, diputad@s del PT y MORENA sesionaron y acordaron dejar insubsistentes las medidas de protección dictadas por el Tribunal Electoral local en favor de la presidenta del Congreso por supuesta violencia política de género y removerla de la presidencia. La presidenta reclamó VPG. El Tribunal local y la Sala Guadalajara se declararon incompetentes para conocer. | Dictó medidas cautelares en favor de la presidenta del Congreso, porque, de manera preliminar, se advierte que el caso involucra actos de violencia política y de VPG. | https://www.te.gob.mx/EE/SUP/2020/REC/73/SUP_2020_REC_73-908745.pdf | https://www.te.gob.mx/EE/SUP/2020/REC/73/SUP_2020_REC_73-908745.pdf#page=47 | https://www.canva.com/design/DAD-OPDGEPM/share/preview?token=rN7brGim2-7NvrOmVubaTg&role=EDITOR&utm_content=DAD-OPDGEPM&utm_campaign=designshare&utm_medium=link&utm_source=sharebutton | |||||
SUP-JDC-724/2020 - Acuerdo de Sala | 03/06/2020 |
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Medidas de protección para diputad@s del Congreso de Baja California Sur por violencia política y VPG | Mayoría | https://youtu.be/boIMRaAGmHY?t=1117 | https://drive.google.com/file/d/166fdkcYhNf5q2g2QvnlJuJFJq3sSlHbV/view?usp=sharing | Mientras el Congreso de Baja California Sur estaba suspendido por el COVID-19, diputad@s del PT y MORENA sesionaron y acordaron suspender del cargo a vari@ diputad@s por supuestas faltas injustificadas. Las y los diputados reclamaron violencia política y violencia política de género en su contra y solicitaron el dictado de medidas cautelares a efecto de ser restituid@s en sus cargos. | Dictó medidas cautelares en favor de l@s diputad@s denunciantes ordenando al Congreso abstenerse de cometer actos de violencia política y VPG. | https://www.te.gob.mx/EE/SUP/2020/JDC/724/SUP_2020_JDC_724-908763.pdf | https://www.te.gob.mx/EE/SUP/2020/JDC/724/SUP_2020_JDC_724-908763.pdf#page=57 | https://www.canva.com/design/DAD-OPDGEPM/share/preview?token=rN7brGim2-7NvrOmVubaTg&role=EDITOR&utm_content=DAD-OPDGEPM&utm_campaign=designshare&utm_medium=link&utm_source=sharebutton | ||||
SUP-REC-594/2019 | 04/03/2020 |
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Comentarios de VPG al interior del Congreso de Morelos | Mayoría | https://www.youtube.com/watch?v=lYVA9Ys_4iY&feature=emb_logo | https://drive.google.com/file/d/1dlwyjIlrdGkCR6_NCWuqk4J1lv0V9j6X/view?usp=sharing | https://drive.google.com/file/d/1VhUzMzNGVdYDjBc9rjGnkxXGBFunNwkj/view?usp=sharing | Tania Valentina Rodríguez Ruiz, diputada en Morelos, denunció a su compañero legislador, José Casas, por diversos comentarios que podían implicar violencia política de género durante su participación en tribuna en una sesión en la que se discutía el desafuero de la diputada. El Tribunal local y la Sala CDMX declararon que el asunto no era materia electoral, sino parlamentaria. | Confirmó la sentencia de la Sala CDMX y vinculó al Congreso para que sancione las expresiones. Se vinculó al Congreso como parte de una solución integral para que dicho órgano asuma su responsabilidad y genere los cambios que permitan erradicar la VPG durante sus discusiones parlamentarias. | https://www.te.gob.mx/EE/SUP/2019/REC/594/SUP_2019_REC_594-903762.pdf | https://www.te.gob.mx/blog/reyes/media/pdf/5117a46eace780f.pdf | https://www.canva.com/design/DAD1yP2_CPs/share/preview?token=NbcLRM5N4Z5k_cGryU1_Pw&role=EDITOR&utm_content=DAD1yP2_CPs&utm_campaign=designshare&utm_medium=link&utm_source=sharebutton | |||
SUP-REP-54/2020 | 26/02/2020 |
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Procedimiento sancionador en contra de El Bronco por uso indebido de recursos públicos | Mayoría | https://youtu.be/suKv_bUvpvY?t=15057 | https://drive.google.com/file/d/1Avp-gdeS4kiPAE1q9SkqHXC5kMzFu7GP/view?usp=sharing | https://drive.google.com/file/d/1HsepRChLv-l4xUMtueeq43hGhQwM1G1Z/view?usp=sharing | El Congreso de Nuevo León emitió las reglas procesales para sancionar al gobernador, Jaime H. Rodríguez Calderón, por uso indebido de recursos públicos durante la recolección de firmas para su candidatura independiente en 2018. Las reglas se impugnaron en controversia constitucional ante la SCJN, la cual ordenó suspender la ejecución de cualquier sanción. En consecuencia, el Congreso acordó diferir el procedimiento. | Determinó que la SRE debía exigir el cumplimiento de su sentencia y ordenarle al Congreso local seguir con el proceso sancionador y someter el dictamen respectivo a votación. Ello, pues la SCJN solo suspendió la ejecución de la sanción. | https://www.te.gob.mx/EE/SUP/2020/REP/54/SUP_2020_REP_54-902628.pdf | https://www.te.gob.mx/blog/reyes/media/pdf/954c93eee9c3e1c.pdf | https://www.canva.com/design/DAD0N8NE7Aw/share/preview?token=RCM8VAkA2X7acN6W0pBf-Q&role=EDITOR&utm_content=DAD0N8NE7Aw&utm_campaign=designshare&utm_medium=link&utm_source=sharebutton | |||
SUP-JDC-1878/2019 | 15/01/2020 |
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Revocación de amonestación pública en contra de Monreal por su actuación en la selección de la Mesa Directiva del Senado | Unanimidad | https://youtu.be/OD7tRG3r2iQ?t=3075 | https://drive.google.com/file/d/1WWF5U7laabN604xfsMHmnw5y5MviVUec/view?usp=sharing | El senador Martí Batres denunció al senador Ricardo Monreal ante la CNHJ de MORENA por su actuación durante el proceso de selección de la Mesa Directiva del Senado. La CNHJ amonestó a Monreal por vulnerar las normas partidistas al persuadir a los miembros del grupo parlamentario de votar por una propuesta distinta a la de Batres, quien pretendía reelegirse. | Revocó la decisión. La CNHJ no tiene competencia para conocer de los hechos denunciados porque fueron realizados por legisladores en el ejercicio de sus funciones legislativas y esta función está protegida constitucionalmente. | https://www.te.gob.mx/EE/SUP/2019/JDC/1878/SUP_2019_JDC_1878-895891.pdf | https://www.te.gob.mx/blog/reyes/media/pdf/ed30c5b9c719198.pdf | https://www.canva.com/design/DADxAujGDk0/share/preview?token=JObkzexHBBUt-LlLBi4ZcA&role=EDITOR&utm_content=DADxAujGDk0&utm_campaign=designshare&utm_medium=link&utm_source=sharebutton | ||||
SUP-JDC-1851/2019 y su acumulado | 15/01/2020 |
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Revocación de la expulsión de legisladores del grupo parlamentario de MORENA en Veracruz | Unanimidad | https://youtu.be/OD7tRG3r2iQ?t=3075 | https://drive.google.com/file/d/1WWF5U7laabN604xfsMHmnw5y5MviVUec/view?usp=sharing | En el marco de la votación del juicio de procedencia en contra del Fiscal General de Veracruz, un diputado se abstuvo de votar y una diputada votó en contra, ambos del grupo parlamentario de MORENA en el Congreso de Veracruz. La CNHJ de MORENA los sancionó con la cancelación de su militancia y su separación del grupo parlamentario de MORENA. | Revocó la decisión. La CNHJ no tiene competencia para conocer de los hechos denunciados porque fueron realizados por legisladores en el ejercicio de sus funciones legislativas y esta función está protegida constitucionalmente. | https://www.te.gob.mx/Informacion_juridiccional/sesion_publica/ejecutoria/sentencias/SUP-JDC-1851-2019.pdf | https://www.te.gob.mx/blog/reyes/media/pdf/d94e9428a4280ac.pdf | https://www.canva.com/design/DADxAujGDk0/share/preview?token=JObkzexHBBUt-LlLBi4ZcA&role=EDITOR&utm_content=DADxAujGDk0&utm_campaign=designshare&utm_medium=link&utm_source=sharebutton | ||||
SUP-JDC-1877/2019 | 15/01/2020 |
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Revocación de expulsión de Lilly Téllez del grupo parlamentario de MORENA | Unanimidad | https://youtu.be/OD7tRG3r2iQ?t=3075 | https://drive.google.com/file/d/1uMR0lY__VcPNc1tg4r7Eybd-GOpe0Ysc/view?usp=sharing | La CNHJ de MORENA le requirió al coordinador del grupo parlamentario del partido en el Senado que, en un plazo no mayor a tres días, expulsara a la senadora Carmen Lilly Téllez García de la bancada por no compartir los principios del partido. La senadora reclamó que la CNHJ de MORENA no es competente para decidir sobre la integración de los grupos parlamentarios. | Revocó el oficio impugnado porque la CNHJ no tenía facultades para ordenar la separación de una integrante del grupo parlamentario, aunado a que las conductas alegadas de la senadora estaban relacionadas con aspectos de disciplina parlamentaria. | https://www.te.gob.mx/EE/SUP/2019/JDC/1877/SUP_2019_JDC_1877-895816.pdf | https://www.te.gob.mx/blog/reyes/media/pdf/552632abad04a30.pdf | https://www.canva.com/design/DADw79s5W78/share/preview?token=urRmVdrtFTAxtOBrNcTdTQ&role=EDITOR&utm_content=DADw79s5W78&utm_campaign=designshare&utm_medium=link&utm_source=sharebutton | ||||
SUP-JE-118/2019 | 17/12/2019 |
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Designación del contralor del Tribunal Electoral de Aguascalientes | Mayoría | https://youtu.be/FpTxONVOocY?t=2812 | https://drive.google.com/file/d/1dQuMgy7lTYXxYkkBMxFbm_sbd984qABZ/view?usp=sharing | https://drive.google.com/file/d/1r2Ri1eQZRAqbDWxjxxtNo50egUpLlpQM/view?usp=sharing | El Congreso de Aguascalientes emitió un decreto facultándose para designar al contralor del Tribunal Electoral local y obligó a ese órgano a reformar su normativa interna para tales efectos. El Tribunal impugnó el decreto al considerar que violaba su autonomía e independencia. | Inaplicó las normas que facultaban al Congreso para nombrar al contralor del Tribunal por atentar en contra de la autonomía e independencia del Tribunal local. | https://www.te.gob.mx/EE/SUP/2019/JE/118/SUP_2019_JE_118-889676.pdf | |||||
SUP-JDC-1818/2019 y acumulados | 27/11/2019 |
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Impugnación de la designación de María del Rosario Ibarra Piedra como titular de la CNDH | Mayoría | https://youtu.be/CmueYCyrEi8 | https://drive.google.com/file/d/1nGnfszHofcMOvZoOYvrqlUGM51g7_1U2/view?usp=sharing | https://www.te.gob.mx/blog/reyes/media/images/e878ef3308aef0f.png | https://drive.google.com/file/d/1ZJUTmxu_dGJbHxjZAb9Eg_Pwu_cjZSH5/view?usp=sharing | En el marco de la designación de la titular de la CNDH, diversos ciudadanos y senadores promovieron juicios ciudadanos en contra del procedimiento para designar a la presidenta de la CNDH, incluyendo el desechamiento de la impugnación presentada internamente. | Desechó las demandas al considerar que se trataba de un tema formal y materialmente parlamentario, y que el TEPJF solo ha conocido de designaciones de Organismos Autónomos cuando se relacionan con la materia electoral. | https://www.te.gob.mx/EE/SUP/2019/JDC/1818/SUP_2019_JDC_1818-887015.pdf | https://www.te.gob.mx/blog/reyes/media/pdf/fbf7a264e38c29d.pdf | |||
SUP-JDC-1282/2019 | 14/11/2019 |
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Obligación del Congreso de Hidalgo de legislar en favor de las personas con discapacidad | Unanimidad | https://drive.google.com/file/d/19LAJouNFKrAYLhzcqb8kHRw1vfVeuiut/view?usp=sharing | Un ciudadano le solicitó al Tribunal Electoral de Hidalgo revisar la omisión de los legisladores locales de garantizar que las personas con discapacidad sean candidatas. El Tribunal resolvió que el Congreso local no tenía ninguna obligación de legislar estas medidas. | Revocó la sentencia, ya que el Congreso debe adoptar las medidas necesarias para garantizar que las personas con discapacidad puedan ejercer sus derechos político-electorales de forma efectiva y en igualdad. | https://www.te.gob.mx/EE/SUP/2019/JDC/1282/SUP_2019_JDC_1282-884318.pdf | |||||||
SUP-JE-97/2019 y acumulados | 09/10/2019 |
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Consulta sobre la ampliación del mandato de la gubernatura de Baja California. Incompetencia | Unanimidad | https://drive.google.com/file/d/1E8AlqZNHfUdIFYk_xgUHxS2CZQiqdWNo/view?usp=sharing | Diversos actores impugnaron la resolución del Tribunal Electoral de Baja California en la que se declaró incompetente para conocer y resolver la controversia relacionada con el acuerdo del Congreso local en el que autorizaba realizar una consulta ciudadana sobre la ampliación del mandato del gobernador electo de 2 a 5 años. | Confirmó la resolución ya que el acuerdo sobre la consulta ciudadana era una cuestión de derecho parlamentario que, por ende, no podía ser revisada por los Tribunales Electorales. | https://www.te.gob.mx/EE/SUP/2019/JE/97/SUP_2019_JE_97-878897.pdf | |||||||
SUP-JDC-1243/2019 y acumulado | 09/10/2019 |
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Paridad de género en la renovación de las magistraturas electorales locales | Mayoría | https://drive.google.com/file/d/1Eupv-NOxSSC6Objz147dpZZLyyPGCq30/view?usp=sharing | La JUCOPO del Senado emitió la convocatoria para renovar las magistraturas electorales en varios estados. Un partido político, aspirantes y un colectivo de mujeres impugnaron la convocatoria al considerar necesarias medidas afirmativas para garantizar un mayor número de magistraturas para mujeres. | Confirmó la convocatoria, pues no había obligación constitucional de establecer medidas afirmativas de género en ella. Consideró que la paridad no debe materializarse en la convocatoria ni en el acuerdo, sino en el proceso de selección. | https://www.te.gob.mx/EE/SUP/2019/JDC/1243/SUP_2019_JDC_1243-879646.pdf | |||||||
SUP-REC-511/2019 | 25/09/2019 |
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Expulsión de diputados del grupo parlamentario del PAN en Veracruz | Mayoría | https://youtu.be/NdU5frntZk8 | https://www.te.gob.mx/blog/reyes/media/pdf/adf2efdd247b73a.pdf | https://drive.google.com/file/d/1vHGSr1jHAMI2HY0_eenp69JFFqUdrMoe/view?usp=sharing | El coordinador parlamentario del PAN en Veracruz emitió un acuerdo mediante el que determinó expulsar a dos diputados de su bancada. Uno de ellos promovió juicios ante el Tribunal local y ante la Sala Xalapa, quienes consideraron que el asunto correspondía al derecho parlamentario, por lo que eran incompetentes para conocer. | Desechó el recurso, pues el asunto era de mera legalidad y no existía algún elemento de constitucionalidad que justificara su análisis. | https://www.te.gob.mx/EE/SUP/2019/REC/511/SUP_2019_REC_511-876196.pdf | https://www.te.gob.mx/blog/reyes/media/pdf/1e51736f693a74d.pdf | ||||
SUP-REC-514/2019 | 11/09/2019 |
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Expulsión de diputados del grupo parlamentario del PAN en Veracruz | Mayoría | https://youtu.be/wGlvBlSmrLk | https://drive.google.com/file/d/1vldukSi6VkDAOisGI9q99mVZslraaoDc/view?usp=sharing | El coordinador parlamentario del PAN en Veracruz emitió un acuerdo mediante el que determinó expulsar a dos diputados de su bancada. Uno de ellos promovió juicios ante el Tribunal local y ante la Sala Xalapa, quienes consideraron que el asunto correspondía al derecho parlamentario, por lo que eran incompetentes para conocer. | Desechó el recurso, pues el asunto era de mera legalidad y no existía algún elemento de constitucionalidad que justificara su análisis. | https://www.te.gob.mx/EE/SUP/2019/REC/514/SUP_2019_REC_514-874816.pdf | https://www.te.gob.mx/blog/reyes/media/pdf/fbd23e168e2af1b.pdf | |||||
SUP-JDC-1212/2019 y acumulado | 02/09/2019 |
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Incompetencia de la CNHJ de MORENA para analizar la elección de la mesa directiva del Senado | Unanimidad | https://drive.google.com/file/d/1mHdcpgwHyq4UX7RrYywC-cTlggZ78qje/view?usp=sharing | El grupo parlamentario de MORENA emitió la convocatoria y votó internamente para seleccionar su propuesta para integrar la mesa directiva en el Senado. Martí Batres presentó una queja en contra de la convocatoria y por vicios en el proceso. La CNHJ de MORENA declaró inválida la convocatoria e irregularidades en el proceso electivo. | Revocó la decisión. La Comisión de Justicia del partido no es competente para conocer de asuntos relacionados con el proceso de elección de la Mesa Directiva del Senado, pues es un asunto de Derecho Parlamentario. | https://www.te.gob.mx/EE/SUP/2019/JDC/1212/SUP_2019_JDC_1212-873409.pdf | https://www.canva.com/design/DADkXR1K0u0/share/preview?token=a96USaJtuczN6zO7CofwJg&role=EDITOR&utm_content=DADkXR1K0u0&utm_campaign=designshare&utm_medium=link&utm_source=sharebutton | ||||||
SUP-JDC-72/2019 | 03/05/2019 |
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Suspensión de derechos partidistas de un diputado federal de MORENA | Unanimidad | https://drive.google.com/file/d/14pRoeWEg-2hx9Hkgu3iNpVKUfm8DOG7Q/view?usp=sharing | La CNHJ suspendió los derechos partidistas de Cipriano Charrez, diputado federal por MORENA, y ordenó su inmediata destitución de cualquier cargo al interior del partido y su separación de la bancada de MORENA en la Cámara de Diputados, por su presunta responsabilidad de un homicidio culposo.El diputado impugnó la decisión. | Revocó la resolución de la CNHJ porque no había justificado debidamente que los hechos denunciados fueran sancionables conforme a la normativa interna partidista, por lo que tenía que dictar una nueva resolución debidamente motivada y justificada. | http://www.te.gob.mx/EE/SUP/2019/JDC/72/SUP_2019_JDC_72-853724.pdf | https://www.canva.com/design/DADY1LJwZck/share/preview?token=cUsyPkKyV2kkLvrHnzUPKA&role=EDITOR&utm_content=DADY1LJwZck&utm_campaign=designshare&utm_medium=link&utm_source=sharebutton | ||||||
SUP-JE-41/2018 | 23/08/2018 |
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Autonomía del Tribunal Electoral de Michoacán para designar a su órgano interno de control | Unanimidad | https://drive.google.com/file/d/17-pAUGqHy1TWXeumyGv_o8zFSI1idB0J/view?usp=sharing | El Tribunal Electoral de Michoacán impugnó un decreto del Congreso local en el que se le imponía un titular del órgano interno de control. | Inaplicó las normas que facultaban al Congreso paraa realizar la designación, ya que esto violaba la autonomía que tienen los tribunales de los demás poderes. | https://www.te.gob.mx/EE/SUP/2018/JE/41/SUP_2018_JE_41-800132.pdf | |||||||
SUP-JDC-1147/2017 | 31/01/2018 |
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Validez de la reelección de una magistrada electoral en San Luis Potosí | Mayoría | https://youtu.be/Ylhsv1KcSi4?list=PLhF-eDJDSzvvI36q08ZziAEMVs8l95cRQ | https://drive.google.com/file/d/1JiKr7l2wU6hFBRf6KR53oxNvDr_CEmuZ/view?usp=sharing | Yolanda Pedroza Reyes fue reelecta por el Senado como magistrada electoral del Tribunal Electoral de San Luis Potosí.Un asipirante a ese puesto impugnó esta designación, ya que consideraba que la reelección atentaba contra el principio de escalonamiento en la integración de tribunales. | Confirmó la designación, dado que el Senado de la República está facultado para designar a cualquier candidato que cumpla con los requisitos de la convocatoria y la normativa estatal.Al no estar prohibida la reelección en el estado, la designación era valida. | https://www.te.gob.mx/EE/SUP/2017/JDC/1147/SUP_2017_JDC_1147-703198.pdf | https://www.canva.com/design/DAC-SxexI7E/share?role=EDITOR&token=jTKgSGkFuFz9wTxKLN7LOQ&utm_content=DAC-SxexI7E&utm_campaign=designshare&utm_medium=link&utm_source=sharebutton | |||||
SUP-JE-43/2017 | 26/07/2017 |
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Ampliación presupuestaria para el Tribunal Electoral de Morelos | Unanimidad | https://www.te.gob.mx/blog/reyes/media/images/786595d83c3959b.jpg | https://drive.google.com/file/d/10ACYs8bedRqIhZCbr4yakimLgIUorXf8/view?usp=sharing | El presidente del Tribunal Electoral de Morelos impugnó una reducción presupuestaria que sufrió el Tribunal. Alegó que la reducción le impide cumplir sus fines constitucionales. | La Sala Superior le dio la razón al quejoso, ya que era previsible que el próximo proceso electoral conllevara un aumento de gastos. Por lo tanto, ordenó al gobernador que analizará la posibilidad de una ampliación mediante sus facultades y, en caso de ser imposible, enviara la solicitud al Congreso. | https://www.te.gob.mx/EE/SUP/2017/JE/43/SUP_2017_JE_43-665476.pdf | https://www.canva.com/design/DACcR_QAb7w/share?role=EDITOR&token=e6Kj7-TJpcM9bk1-iNdK4A&utm_content=DACcR_QAb7w&utm_campaign=designshare&utm_medium=link&utm_source=sharebutton | |||||
SUP-JDC-470/2017 | 12/07/2017 |
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Omisión legislativa en iniciativa ciudadana para reducir las cuotas de los combustibles | Unanimidad | https://www.te.gob.mx/blog/reyes/media/images/c567548444decbd.jpg | https://drive.google.com/file/d/1i8tAiYzbdinYxXCWfhUbY3g1CzMwR5q4/view?usp=sharing | Una ciudadana argumenta que la Cámara de Diputados no siguió todo el procedimiento establecido en ley al momento de discutir y votar una iniciativa ciudadana, violando así el derecho de los ciudadanos que la presentaron. | Consideró que la actora tenía razón y le ordenó al Congreso seguir el trámite correspondiente en el próximo periodo ordinario. | https://www.te.gob.mx/EE/SUP/2017/JDC/470/SUP_2017_JDC_470-663890.pdf | https://www.canva.com/design/DACbPbiR8Yg/share?role=EDITOR&token=dviju8KgwiWmKnxyO4E6jw&utm_content=DACbPbiR8Yg&utm_campaign=designshare&utm_medium=link&utm_source=sharebutton | |||||
SUP-JDC-281/2017 | 02/06/2017 |
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Inexistencia de omisión legislativa del Congreso de Guerreo en elecciones por usos y costumbres | Unanimidad | https://drive.google.com/file/d/11Mc19md_Z8o-cPWGFHlWHPUY_HoFbCBv/view?usp=sharing | En el 2014 se solicitó al INE que las elecciones en el Ayuntamiento de Ayutla de los Libres, Guerrero se realizara con apego a los usos y costumbres. En el 2017 el Congreso del estado emitió un decreto para llevar a cabo las elecciones con base en dicho sistema. Ciudadanos alegaron la omisión legislativa. | Declaró inexistente la omisión porque la Constitución y la ley local sí preveían las condiciones mínimas para llevar a cabo elecciones por sistemas normativos indígenas. Establecer las reglas y procedimientos específicos era deber del Ayuntamiento. | http://www.te.gob.mx/EE/SUP/2017/JDC/281/SUP_2017_JDC_281-655223.pdf | https://www.canva.com/design/DAC-fl-TMjQ/share?role=EDITOR&token=puO1D8Z1dQWKfvx2HNUeeA&utm_content=DAC-fl-TMjQ&utm_campaign=designshare&utm_medium=link&utm_source=sharebutton | ||||||
SUP-JDC-114/2017 y SUP-JDC-109/2017 | 18/05/2017 |
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Representación indígena efectiva, con voz y voto | Mayoría | https://drive.google.com/file/d/1dxczu2Dqb4uRWc2w_-DeBDGdjvSYvekJ/view?usp=sharing | Los representantes indígenas en dos municipios del Edomex denunciaron ante el Tribunal Electoral local que se les reconoció el uso de la voz sobre asuntos de su comunidad pero no el voto en las decisiones del Cabildo. Asimismo, denunciaron la omisión legislativa del Congreso al no contemplar este derecho. | Consideró inexistente la omisión legislativa, ya que la norma establece que las comunidades elegirán a sus representantes ante el Ayuntamiento. Tampoco cuentan con derecho al voto, porque constitucionalmente no forman parte del cabildo. | http://www.te.gob.mx/EE/SUP/2017/JDC/114/SUP_2017_JDC_114-651218.pdf | https://www.te.gob.mx/blog/reyes/media/pdf/00cef0b8fe2c76b.pdf | https://www.canva.com/design/DAC-SVMz2cU/share?role=EDITOR&token=IB4u5f5BtCMAELZSnbhcgg&utm_content=DAC-SVMz2cU&utm_campaign=designshare&utm_medium=link&utm_source=sharebutton | |||||
SUP-JDC-210/2017 | 04/05/2017 |
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Inexistencia de voto desde el extranjero en Nayarit | Unanimidad | https://drive.google.com/file/d/16HCDBVkWRNmzMfIXXyordtq1nHo-IPTm/view?usp=sharing | Una ciudadana residente en el extranjero demandó la falta de regulación por parte del Congreso de Nayarit respecto a la modalidad del voto fuera del territorio nacional. El Tribunal Electoral local declaró infundados sus agravios. | Confirmó la sentencia del Tribunal local pues la LEGIPE, en su artículo 329, reconoce la competencia a los Congresos locales para regular lo relativo al voto en el extranjero. Por lo tanto, dicha facultad queda comprendida dentro del ejercicio potestativo de la libre configuración legislativa de los estados. | http://www.te.gob.mx/EE/SUP/2017/JDC/210/SUP_2017_JDC_210-646925.pdf | https://www.canva.com/design/DAC-fRd7rak/share?role=EDITOR&token=SnKevhFUdJDsbE95cmtEjQ&utm_content=DAC-fRd7rak&utm_campaign=designshare&utm_medium=link&utm_source=sharebutton | ||||||
SUP-REC-95/2017 y acumulados | 11/04/2017 |
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Sobrerrepresentación de diputados en el Congreso de Tabasco derivada de acuerdos parlamentarios | Unanimidad | https://drive.google.com/file/d/1X6d3AuQa6fYz9KrqaPlrSKviV5Dqx3T9/view?usp=sharing | La Sala Xalapa revocó el acuerdo del Congreso de Tabasco con el cual se validó que 6 diputados renunciaran a diversos grupos parlamentarios y se integraran al del PRD. Además, dejó sin efectos la declaración respecto a la nueva presidencia de la JUCOPO. Ello, pues con los cambios la fracción parlamentaria del PRD quedaba sobrerrepresentada. | Revocó la sentencia de la Sala Xalapa, pues los cambios en la integración de los grupos parlamentarios son ajenos a la materia electoral. Los órganos legislativos son independientes y tienen libre configuración, por lo tanto, los límites de sub y sobrerrepresentación solo se verifican al integrarse el órgano. | http://www.te.gob.mx/EE/SUP/2017/REC/95/SUP_2017_REC_95-642894.pdf | https://www.canva.com/design/DAC98EVfGu8/share?role=EDITOR&token=iv3ujCnueI4-NJwmSG5UKw&utm_content=DAC98EVfGu8&utm_campaign=designshare&utm_medium=link&utm_source=sharebutton | ||||||
SUP-JDC-176/2017 y acumulado | 05/04/2017 |
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Designación de Dolores Padierna como coordinadora del grupo parlamentario del PRD en el Senado | Unanimidad | https://drive.google.com/file/d/1gZNOcKn78noq0sJQL5UE2PhGZStTQPzf/view?usp=sharing | Un par de militantes del PRD impugnaron la designación de la senadora Dolores Padierna como coordinadora del grupo parlamentario de dicho partido. | Declaró improcedente el juicio porque el acto impugnado se rige por el derecho parlamentario, por lo que no es objeto de revisión jurisdiccional. | http://www.te.gob.mx/EE/SUP/2017/JDC/176/SUP_2017_JDC_176-641386.pdf | https://www.canva.com/design/DACR5I3WvhM/share?role=EDITOR&token=VApVWQV1jAkiOeMlDSd2qg&utm_content=DACR5I3WvhM&utm_campaign=designshare&utm_medium=link&utm_source=sharebutton |