SUP-JDC-114/2017 Y SUP-JDC-109/2017
18/05/2017 | Mónica Aralí Soto Fregoso
Representación indígena efectiva, con voz y voto
Resumen
Los representantes indígenas en dos municipios del Edomex denunciaron ante el Tribunal Electoral local que se les reconoció el uso de la voz sobre asuntos de su comunidad pero no el voto en las decisiones del Cabildo. Asimismo, denunciaron la omisión legislativa del Congreso al no contemplar este derecho.
¿Qué resolvió la Sala Superior?
Consideró inexistente la omisión legislativa, ya que la norma establece que las comunidades elegirán a sus representantes ante el Ayuntamiento. Tampoco cuentan con derecho al voto, porque constitucionalmente no forman parte del cabildo.
Votación: Mayoría
Voto a favor:
FAFB
IIG
JLVV
MASF
Voto en contra:
FDLMP
Voto
JMOM
Voto
RRM
Voto