SUP-REP-342/2021 Y ACUMULADOS
13/08/2021 | Reyes Rodríguez Mondragón
Uso indebido de la pauta
Resumen
El PAN denunció que el Partido Verde utilizó tiempos de televisión destinados a candidaturas locales para promocionar a varias de sus candidatas a diputadas federales. Como medida cautelar, el INE determinó que los promocionales denunciados se debían dejar de transmitir. La Sala Especializada resolvió que el Partido Verde sí cometió la infracción denunciada y le impuso una multa que debía ser cubierta a través del financiamiento público destinado al partido en las entidades federativas en las que fueron exhibidos los promocionales denunciados. También, multó a diversas emisoras de televisión que no dejaron de transmitir a tiempo los promocionales. Inconformes, el Partido Verde y el Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano controvirtieron la sentencia.
¿Qué resolvió la Sala Superior?
Confirmó que el partido cometió la infracción denunciada y que la emisora no dejó de transmitir a tiempo los promocionales. Revocó parcialmente la sentencia al considerar que la multa impuesta al partido debe ser cubierta con su financiamiento público federal, ya este fue el ámbito en el cual se benefició al partido con la transmisión indebida de los promocionales.
Votación: Unanimidad
Voto a favor:
FAFB
FDLMP
IIG
JMOM
JLVV
MASF
RRM
Voto en contra: