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Magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón
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SUP-REC-911/2021 Y SUP-REC-915/2021

28/07/2021 | Reyes Rodríguez Mondragón

Violencia política de género como causal de inelegibilidad y pérdida del modo honesto de vivir

Resumen
El representante de MORENA presentó una queja en contra del candidato de “Fuerza por México” a una presidencia municipal en Quintana Roo por actos de VPG en contra de la candidata de dicho instituto político al mismo cargo. En el caso, el candidato de “Fuerza por México” leyó un comentario que se refería a la candidata de MORENA, durante una transmisión en vivo en sus redes sociales. El tribunal local determinó que se actualizaba la infracción denunciada y le ordenó al Instituto local sancionar al denunciado con medidas de rehabilitación, satisfacción y no repetición, su inscripción en el registro estatal por 4 años, la pérdida del modo honesto de vivir por el mismo tiempo, además de declararlo como inelegible. Sala Xalapa mantuvo esa determinación y únicamente modificó la temporalidad de la sanción para que fuera inscrito en el registro solo por este periodo electoral.

¿Qué resolvió la Sala Superior?
Confirmar la sentencia de Sala Xalapa, porque: 1. La responsable si analizó la proporcionalidad de la sanción y determinó que solo se debe aplicar ante las infracciones graves. 2. No existe impedimento constitucional para que la legislatura local en su libertad configurativa prevea esa consecuencia como causal de inelegibilidad. 3. La causal de inelegibilidad es continuada y debe actualizarse en todo tiempo desde el momento del registro de la candidatura hasta la entrega de la constancia de validez. Es decir, no se trata de un derecho adquirido y por eso no se vulneró el principio de irretroactividad.

Votación: Unanimidad


Voto a favor:

FAFB

FDLMP

IIG

JMOM

JLVV

MASF

RRM

Voto en contra:

Ausente: ---

Temas

Género

Postulación de candidaturas

Violencia

Recursos

Infografía

Sentencia

Voto

Texto de la intervención

Intervención en la sesión

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