SUP-REP-42/2021
10/02/2021 | Mónica Aralí Soto Fregoso
Medidas cautelares sobre un promocional difundido en periodo de intercampañas
Resumen
MORENA denunció al PAN por la difusión del promocional \"INT. PANDEMIA EN MÉXICO V1\" en las redes sociales, radio y TV al considerar que constituía un uso indebido de la pauta, actos anticipados de campaña, calumnia y vulneración al artículo 134 constitucional. Además, solicitó la emisión de medidas cautelares. La Comisión de Quejas, mediante el Acuerdo ACQyD-INE-25/2021, determinó procedentes las medidas cuatelares por uso indebido de la pauta y actos anticipados de campaña, al considerar preliminarmente que el promocional constituía propaganda electoral, la cual está prohibida en las intercampañas.
¿Qué resolvió la Sala Superior?
La Sala Superior determinó que debían revocarse las medidas cautelares porque, de un análisis cautelar, no se acredita el elemento subjetivo de los actos anticipados de campaña. Según la mayoría no se advierte de manera objetiva e inequívoca el posicionamiento de alguna plataforma, candidatura o precandidatura; ni la referencia a una elección específica o un llamamiento categórico al voto en favor del PAN o en contra de MORENA. Se consideró que el promocional plantea un debate sobre problemas sociales, de salud y economía, que son de interés general, lo que es acorde con la libertad de expresión en los procesos electorales.
Votación: Mayoría
Voto a favor:
FDLMP
IIG
JMOM
JLVV
MASF
Voto en contra:
FAFB
Voto
RRM
Voto