SUP-REC-85/2020
17/07/2020 | Indalfer Infante Gonzales
Financiamiento público para partidos sin representación en el Congreso de Oaxaca
Resumen
El OPLE de Oaxaca fijó el financiamiento público de los partidos para 2020. Estableció que, conforme a la LGPP, el Partido Unidad Popular (PUP) solo tenía derecho al 2 % del financiamiento para actividades ordinarias pues no obtuvo representación en el Congreso local. El PUP reclamó la inconstitucionalidad del porcentaje, pero la Sala Xalapa lo validó. El partido reclama que no se consideró su carácter indígena.
¿Qué resolvió la Sala Superior?
Consideró que los argumentos sobre la calidad indígena del PUP fueron novedosos y no se estudiaron por la Sala Xalapa, por lo que la Sala Superior no podía pronunciarse. Además, incluso si se analizaran, la calidad indígena no los exime del cumplimiento de los requisitos legales.
Votación: Mayoría
Voto a favor:
FAFB
FDLMP
IIG
JLVV
MASF
Voto en contra:
JMOM
Voto
RRM
Voto