SUP-REC-1867/2018 Y ACUMULADOS
28/11/2018 | Mónica Aralí Soto Fregoso
Subsistencia de candidaturas ordinarias para el proceso electoral extraordinario en Monterrey
Resumen
El OPLE de Nuevo León determinó que, para la elección extraordinaria del ayuntamiento de Monterrey, los partidos y coaliciones debían postular las mismas candidaturas que en las elecciones ordinarias anuladas. El Tribunal local revocó la decisión y, después, la Sala Monterrey modificó el criterio aclarando que debían ser las mismas candidaturas, pero se podía variar la forma de participación.
¿Qué resolvió la Sala Superior?
Revocó la resolución. Es constitucional la norma de Nuevo León que impide postular candidaturas distintas, pues respeta el principio de autodeterminación de los partidos, garantiza el principio de certeza y supone limitaciones legítimas al derecho de autoorganización de los partidos.
Votación: Mayoría
Voto a favor:
FAFB
IIG
JLVV
MASF
Voto en contra:
FDLMP
Voto
JMOM
Voto
RRM
Voto