SUP-RAP-160/2018 Y ACUMULADOS
18/06/2018 | Felipe de la Mata Pizaña
Validez de los votos en los que se escribió el nombre/ sobrenombre de un candidato en la boleta
Resumen
El Consejo General del INE determinó que si se escribía el nombre, sobrenombre, apodo o iniciales de un candidato en cualquier parte de la boleta o al reverso de ésta se consideraría como un voto a favor del candidato identificado. Diversos partidos políticos impugnaron el acuerdo.
¿Qué resolvió la Sala Superior?
El voto debe considerarse válido siempre que se advierta la intención del elector. La calificación de un voto a partir de la intención se encuentra en la ley, el INE solo ordenó la aplicación de una norma existente.
Votación: Unanimidad
Voto a favor:
FAFB
Voto
FDLMP
IIG
JMOM
MASF
Voto
RRM
Voto en contra: