SUP-JDC-1109/2021
13/08/2021 | Felipe de la Mata Pizaña
Cuotas arcoíris en la integración de los órganos electorales
Resumen
Una persona que se autoadscribe como no binaria impugnó la convocatoria del CGINE para la renovación de 3 consejerías en Aguascalientes, porque no se previó una acción afirmativa que abarcara a personas de este colectivo. Además, en los formularios de registro no se ofreció una tercera opción para quien no se identificara como hombre o mujer. La persona le solicitó al INE que modificara la convocatoria para incluir cuotas arcoíris y garantizar el acceso a la población LGBTQ+ y no binaria en la integración de los consejos. El INE negó la solicitud y mantuvo la convocatoria en sus términos, porque no fue impugnada oportunamente.
¿Qué resolvió la Sala Superior?
Confirmar la determinación del INE, porque ya no era viable cambiar las reglas. Además, no advirtió la existencia de disposiciones normativas discriminatorias que constituyeran un impedimento para la participación de las personas no binarias. Sin embargo, consideraron que no hay impedimento legal para que el INE valore si se requieren acciones afirmativas en los próximos procesos de selección de consejerías a fin de garantizar el derecho de las personas de ese colectivo. En ese sentido, el INE deberá incluir casillas para la opción de personas no binarias en los formatos de registro y generar lineamientos o una guía de actuación en los procesos de designación e integración de las consejerías para que se les reconozca. La Magda. Soto consideró que de manera inmediata el INE debe incluir la tercer casilla para los procesos actuales de integración de consejerías de los OPLE que se den con posterioridad a esta sentencia. Asimismo, señaló que se deben reconocer los derechos de las personas que pertenecen a este colectivo en los concursos para integrar el SPEN y en cualquier otro que implique la participación de la ciudadanía.
Votación: Unanimidad
Voto a favor:
FAFB
FDLMP
IIG
JMOM
JLVV
MASF
Voto
RRM
Voto en contra: