SUP-REC-77/2021
15/02/2021 | Felipe Alfredo Fuentes Barrera
Aplicabilidad de jurisprudencia en materia de violencia política de género
Resumen
Una senadora presentó una denuncia ante el Instituto Electoral de Guanajuato en contra del PAN y del presidente de su Comité Directivo Estatal por actos que, en su concepto, constituían violencia política de género en su contra. La Sala Monterrey confirmó la sentencia del Tribunal Electoral local, quien declaró inexistente la comisión de VPG en contra de la senadora.
¿Qué resolvió la Sala Superior?
Se consideró que el alcance de la Jurisprudencia 21/2018 de rubro VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO. ELEMENTOS QUE LA ACTUALIZAN EN EL DEBATE POLÍTICO es genérico y no se opone a la legislación vigente en VPG. Asimismo, se confirmó la sentencia de Sala Monterrey porque las expresiones denunciadas se ajustan al marco normativo aplicable en materia de debate político.
Votación: Mayoría
Voto a favor:
FAFB
FDLMP
JLVV
MASF
RRM
Voto
Voto en contra:
IIG
Voto
JMOM
Voto