SUP-JDC-283/2021
24/03/2021 | Felipe de la Mata Pizaña
Omisión legislativa referente a derechos de pueblos y comunidades indígenas
Resumen
El 22/05/2015 se les ordenó a las entidades federativas para que en un plazo de 180 días ajustaran sus legislaciones de manera que, en apego a la Constitución, los pueblos y comunidades indígenas puedan elegir a sus autoridades mediante sus sistemas normativos internos. El 27/06/2019 se aprobó la Ley de Derechos de las personas, pueblos, comunidades indígenas y afromexicanas en Baja California Sur. Asimismo, se presentaron diversos recursos en contra de ese proceso legislativo. El 13/10/2020 se controvirtió ante el tribunal local la omisión legislativa del Congreso de Baja California Sur. Ese tribunal determinó que no existía una omisión, sino un desfase en el cumplimiento. Posteriormente, se interpuso un juicio ciudadano en contra de la resolución del tribunal local.
¿Qué resolvió la Sala Superior?
Revocó la sentencia y le ordenó al Congreso de Baja California Sur legislar para que los pueblos y comunidades puedan elegir a sus autoridades conforme a sus sistemas normativos internos. Actualmente, existe una omisión legislativa absoluta del Congreso local, ya que a la fecha todavía no ha concluido el proceso legislativo. Si bien, se señaló que existieron factores externos que ocasionaron la omisión, estos no eran obstáculo para continuar con el procedimiento legislativo.
Votación: Unanimidad
Voto a favor:
FAFB
FDLMP
IIG
JMOM
JLVV
MASF
RRM
Voto en contra: