La Sala Superior del TEPJF resolvió 127 asuntos. Destaca la revocación de la sentencia de la Sala Regional Ciudad de México para anular la votación en cuatro casillas porque las y los funcionarios que recibieron la votación no pertenecen a la sección electoral en la que se realizó la elección.

SUP-JE-183/2021
El TEPJF confirmó la sanción a un partido, ya que participaron 3 menores en un evento de campaña. Sin embargo, modificó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, pues no debió exigirle a las madres el consentimiento del padre, pues ellas manifestaron contar con la patria potestad.

SUP-JE-201/2021
La Sala Superior del TEPJF revocó una determinación del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas, porque determinó que a quien le corresponde imponer sanciones a las y los funcionarios públicos es a su superior jerárquico o autoridad facultada y no al Tribunal que resuelve el procedimiento sancionador.

SUP-REP-312/2021 y acumulados
La Sala Superior del TEPJF confirmó que el presidente de la república, así como parte de su equipo de comunicación, transgredieron el principio de imparcialidad durante cuatro de sus conferencias matutinas.

SUP-JDC-1109/2021
La Sala Superior confirmó el acuerdo del INE y señaló que la convocatoria para renovar consejerías del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes no puede modificarse por no impugnarse en tiempo, pero señaló que deben incluirse casillas que rompan con el esquema tradicional de hombre y mujer en futuros procesos.

SUP-REC-1059/2021 y acumulados
La Sala Superior del TEPJF confirmó la sentencia de la Sala Regional Guadalajara que ordenó el cambio de ganador en el 01 Distrito Electoral Federal en Baja California Sur.

SUP-REP-342 y acumulados
La Sala Superior del TEPJF revocó parcialmente la sentencia de la Sala Regional Especializada al considerar que la multa impuesta al PVEM por el uso indebido de tiempos de TV locales para promocionar candidaturas federales, debió ser cubierta con su financiamiento federal.

SUP-REC-1030/2021 y acumulados
La Sala Superior del TEPJF confirmó una sentencia de la Sala Regional Monterrey en la que se anularon diversas casillas integradas por personas distintas a las facultadas por la ley.

SUP-REC-1011/2021
El TEPJF determinó que, siguiendo la Jurisprudencia 13/2002, se debe anular una casilla cuando personas capacitadas del INE -pero que no pertenecen a la sección- participan como funcionarias de casilla.
