SUP-REC-180/2020
28/10/2020 | Indalfer Infante Gonzales
Nombramiento de las vacantes en el ayuntamiento de Chalchihuitán, Chiapas
Resumen
Derivado de las renuncias de varios miembros del ayuntamiento de Chalchiuitán, Chiapas, el Congreso aprobó la desaparición del mismo y designó un Concejo municipal. Posteriormente, reformó el procedimiento de designación de las vacantes, manteniendo la facultad de proponer a los suplentes. Antes de esta reforma, le correspondía al ayuntamiento emitir una propuesta. La Sala Superior, en un juicio previo (SUP-REC-5/2020), revocó la desaparición del ayuntamiento y ordenó la restitución de todas las regidurías asignadas para 2018-2021. En cumplimiento de la sentencia, el Congreso aprobó la designación de las recurrentes y, ante la falta de presidenta municipal y síndico, hizo una designación entre las integrantes del ayuntamiento. Esta decisión fue revocada por la Sala Regional porque consideró que el procedimiento a seguir para ocupar estas vacantes era el que estaba vigente al momento en que se dieron los hechos, es decir, antes de la reforma. La Sala Superior debía pronunciarse sobre el procedimiento para designar las vacantes de dicho ayuntamiento; es decir, si la propuesta la hacía el ayuntamiento o el Congreso.
¿Qué resolvió la Sala Superior?
Revocar la sentencia y, en consecuencia, confirmar la designación de las recurrentes, pues, si bien, es una norma que regula un aspecto procedimental y ésta no produce efectos retroactivos, se debió aplicar el artículo 81 de la Constitución local vigente al determinar las vacantes en el ayuntamiento. Además, en el momento en que se actualizó la ausencia de la presidencia municipal y la sindicatura, ya se había trasladado la atribución al Congreso.
Votación: Unanimidad
Voto a favor:
FAFB
FDLMP
IIG
JMOM
JLVV
MASF
RRM
Voto en contra: